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Cómo convertir el premio de la Lotería en un sueldo para toda la vida

La Lotería de Navidad es una tradición que despierta la ilusión de millones de personas en España cada año. Compartimos número en la oficina y compramos las participaciones del bar de la esquina y de la gasolinera en la que siempre paramos de camino al pueblo, solo por si acaso. Las probabilidades de que te toque El Gordo no son muy altas, que se diga, pero… ¿has pensado qué harías con el premio?

Comprar una casa, un barco o viajar por todo el mundo son algunas de las ideas más populares. Muchas personas, cuando ganan la Lotería, se gastan rápidamente el premio y pronto vuelven al punto de partida. En Estamos Seguros queremos sugerirte algo que creemos quizá sea más adecuado: convertir el premio en un sueldo para toda la vida. ¿Cómo? Contratando una renta vitalicia.

Las rentas vitalicias te permiten transformar unos ahorros (el premio de la Lotería, por ejemplo) en unos ingresos mensuales con los que vivir más cómodamente hasta el último día de tu vida. Este “sueldo” puede empezar a cobrarse en el momento de la contratación (rentas inmediatas) o al cabo de un tiempo (rentas diferidas), y su cuantía dependerá de tu edad, del importe que hayas aportado y de las características del propio seguro.

¿Qué tipos de rentas vitalicias existen?

Las rentas vitalicias se adaptan a las necesidades y la situación familiar de cada persona. Si tienes pareja, la renta puede amoldarse a la esperanza de vida de los dos, de forma que si uno fallece el otro continúe percibiéndola. Y si tenéis hijos y así lo deseáis, podéis elegir que vuestra renta sea algo menor para dejarles a ellos una parte del ahorro cuando no estéis ninguno de los dos. Te explicamos de forma más sencilla que opciones hay:

  • Rentas vitalicias sin herencia: cuando tú y tu cónyuge fallezcáis, vuestros herederos no percibirán nada. A cambio, la renta mensual que cobraréis mientras viváis será mayor.
  • Rentas vitalicias con herencia parcial: llegado el caso anterior, vuestros herederos cobrarán, al menos, una parte del dinero invertido, pero la renta mensual que percibiréis mientras viváis será algo menor.
  • Rentas vitalicias con herencia total: si tú y tu cónyuge fallecéis, tus herederos cobrarán, al menos, el 100% del dinero que invertisteis. Eso sí, en este caso, la renta mensual que percibiréis por la renta será inferior que en los dos casos anteriores.

Las rentas vitalicias son fiables porque están respaldadas por la solvencia de la aseguradora con la que la contratas. Recuerda: las compañías de seguros están supervisadas por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP). Pero esa no es su única ventaja.

Las rentas vitalicias también tienen un tratamiento fiscal ventajoso. Tributan como rentas del ahorro, al tipo fijo del 19% (para rentas del ahorro inferiores a 6.000 euros) o al 21% (para rentas del ahorro entre 6.000 euros y 50.000 euros). Pero no tributa todo el capital, sino un porcentaje que depende de la edad del contratante: a más edad, el porcentaje de capital que tributa es menor. La fiscalidad es especialmente beneficiosa si en el momento en que se contrata la renta vitalicia el titular tiene más de 70 años.

Si en algún momento necesitas hacer una inversión inesperada y quieres echar mano de ese ahorro, tranquilo: si lo necesitas, puedes disponer del dinero de manera anticipada. Eso sí, el tratamiento fiscal cambiará. En estos casos, consulta a tu asesor fiscal.

Como ves, el seguro te permite convertir el premio de la Lotería en un salario para toda la vida. Esto disipa el riesgo de malgastar el dinero en un puñado de caprichos que no se pueden mantener a largo plazo. La renta se puede convertir en unos ingresos complementarios que te permitirán vivir con mayor holgura económica, pero sin perder la cabeza, hasta el último día. E insistimos: siempre con la tranquilidad que otorga la solvencia de una aseguradora.