¿Es obligatorio asegurar mi patinete?
Si tienes un patinete eléctrico, debes saber cuáles son las obligaciones para los vehículos de movilidad personal (VMP). Te las contamos.
Por un lado, es obligatorio que estos vehículos cuenten con un certificado de circulación. Todos los adquiridos después del 22 de enero de 2024 deben estar homologados y podrán contar con este certificado. Si compraste el tuyo antes, es posible que no lo esté. En ese caso, podría circular de manera temporal, sólo hasta el 22 de enero de 2027. Puedes consultar si tu patinete está homologado en la web de la Dirección General de Tráfico (DGT).
También es obligatorio inscribir los VMP en el Registro Nacional de Vehículos. Obtendrán entonces su número identificativo o matrícula. El registro puede hacerse en la sede electrónica de la DGT o en centros colaboradores. ¿Y los patinetes que no están homologados y que por tanto no tienen certificado de circulación? También deben registrarse.
En tercer lugar, todos los vehículos de movilidad personal homologados deben contratar el seguro obligatorio de vehículos personales ligeros (VPL). Salvo que tu patinete pese más de 25 kg o corra a más de 25 km/h, caso en el que tendrás que contratar el seguro obligatorio de vehículos a motor. Recuerda que, para poder asegurar tu vehículo, primero debes haberlo inscrito en el Registro Nacional de Vehículos.
Contar con un seguro adecuado aporta tranquilidad a quienes utilizan un VMP y a quienes comparten la vía con ellos. Asegurar tu patinete es una forma sencilla de contribuir a una movilidad más segura, responsable y ordenada en nuestras ciudades.