¿Qué hacer si hay otra Filomena?
Se cumplen cinco años desde que la borrasca Filomena dejó una nevada histórica en buena parte de España. A muchos les tocó abrir caminos en la nieve para desplazarse esos días y no fueron pocos los que sufrieron daños en sus bienes. Ante sucesos meteorológicos de este tipo, es normal que te plantees preguntas sobre tus seguros y en qué medida te cubrirán dichos daños. La casuística es muy variada, pero hay algunas cuestiones básicas que aquí vamos a tratar de responderte:
1) ¿Me cubre mi seguro los daños que he tenido?
En términos generales, tu seguro cubrirá esos daños si se dan dos circunstancias: la primera, que la cobertura esté contemplada en el contrato; y, la segunda, que un evento climatológico como Filomena no esté excluido específicamente en la póliza.
Así, por ejemplo, los daños que puedan causar árboles caídos en vehículos; o la recogida del vehículo por la grúa allí donde la grúa pueda llegar (y donde las autoridades no hayan desautorizado su recogida); los daños causados por la nieve en tejados y otras partes de los edificios; o los daños sufridos por caídas, son todos supuestos que pueden estar cubiertos en diferentes tipos de seguros, principalmente los de automóviles, los del hogar y comunidades de propietarios, o las pólizas personales. En cambio, la rotura de tuberías a causa de la congelación puede estar excluida si tu seguro no incluye los daños derivados de heladas. Recuerda: qué está cubierto y qué no dependerá siempre de lo que aparezca en tu contrato.
2) ¿Pagará mi aseguradora o el Consorcio de Compensación de Seguros?
Esta pregunta tiene muchas respuestas, porque es puramente casuística. En términos generales, las nevadas suelen ser cubiertas directamente por las aseguradoras; no así el deshielo, que puede provocar inundaciones, que sí pueden correr a cuenta del sistema de indemnización de riesgos extraordinarios. Lo mismo se puede decir de las zonas donde no ha nevado, sino que ha llovido. Dependerá de la intensidad de esa lluvia. Las aseguradoras atienden los daños ocasionados por la lluvia (normalmente a través de cubiertas y ventanas), mientras que el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) se ocupa de los desperfectos ocasionados por inundaciones (es decir, por la acumulación de agua en el suelo). Tienes toda la información al respecto en la sección Naturalmente Protegidos.
En todo caso, lo que debes de tener claro es que, si tienes un seguro estás protegido. Te aconsejamos que le eches un vistazo a tu contrato para conocer qué coberturas contratadas pueden ayudarte tras una borrasca como Filomena.
3) ¿Tiene que declararse la zona catastrófica para que cobre?
Simple y llanamente, no debe declararse zona catastrófica para que el seguro proceda al pago de las indemnizaciones. Como te hemos contado en este mismo blog en el pasado, aunque puedan parecer lo mismo, la cobertura de las catástrofes por los seguros y la declaración de “zona catastrófica” son cosas totalmente diferentes. Tu seguro te indemniza porque tienes una póliza y has sufrido un daño contemplado en el contrato. Gracias al seguro no te hace falta estar pendiente de si se aprueban ayudas públicas o de si se declara una “zona afectada” para cobrar algún dinero. Tu seguro se hará cargo de los daños sufridos en función de lo dispuesto en la póliza. Así de sencillo.
Debes de tener en cuenta, eso sí, que el despliegue de los servicios necesarios para la gestión de los daños se puede ver ralentizado por la propia nevada y sus consecuencias. Ya te hemos dicho que la recogida de coches por la grúa puede llegar a ser imposible si la nieve ha bloqueado las carreteras o, incluso, estar desaconsejada por las autoridades. Lo mismo pasa con la evaluación de los daños por parte de los peritos: dependerá de si las vías de comunicación están, o no, operativas y de la cantidad de perjudicados por la ventisca. Una vez superados esos obstáculos iniciales, puedes estar seguro de que el seguro estará ahí para apoyarte.

