
Riesgos biológicos

CONSEJOS DE PREVENCIÓN
Consejos básicos para prevenir riesgos biológicos
(*) Las pandemias y epidemias declaradas oficialmente son riesgos que se excluyen de las coberturas de los seguros de daños y responsabilidad civil. En términos generales, las pandemias y epidemias no son eventos asegurables. Se trata de riesgos cuyos efectos no pueden cubrirse mediante los modelos de seguro existente por diversos motivos. Por una parte, debido a su carácter global y al impacto indiscriminado y aleatorio que pueden generar sobre muchas personas y sectores económicos a la vez. Por otra parte, porque no existe un límite de tiempo claro y predecible para estos eventos, lo que significa que las pérdidas podrían ser infinitas y, por lo tanto, se precisaría de un periodo de cobertura indeterminado.”
Estos contenidos han sido elaborados con información del Ministerio de Trabajo y el Instituto Sindical de Trabajo, Ambiente y Salud (ISTAS).
La prevención del riesgo biológico en el trabajo tiene como objetivo evitar la exposición laboral que puede provocar en el empleado algún tipo de infección, alergia o toxicidad:
- Principales tipos de agentes biológicos: virus, bacterias, parásitos, hongos o esporas, toxinas, endotoxinas, cultivos celulares, etc.
- Principales vías de transmisión:
- De persona a persona: Personal de centros sanitarios, personal de seguridad, protección civil, enseñanza, geriátricos, centros de acogida, penitenciarios, servicios personales, etc.
- De animal a persona (zoonosis): Veterinarios, ganaderos, industrias lácteas, mataderos, etc.
- A través de objetos o material contaminado: Personal de limpieza o sanitario, saneamiento público, agricultores, cocineros, mineros, industrias de lana, pieles y cuero, personal de laboratorio, etc.
La aparición de nuevas enfermedades de extrema gravedad, como la COVID-19, el SIDA, la encefalopatía espongiforme (enfermedad de las vacas locas o EEB), o los nuevos tipos de gripe (aviar, porcina), supone nuevas situaciones de riesgo, desconocidas en muchos casos. Para abordar estas nuevas realidades es necesario estar al corriente de los organismos competentes y las medidas de prevención que establezcan en cada caso.
Identifica y evalúa los riesgos
La información es básica para establecer una buena política de prevención de riesgos biológicos en la empresa. ¿Qué se debe identificar?
a) Enfermedades que los trabajadores pueden contraer a consecuencia de su actividad profesional y recomendaciones preventivas de las autoridades sanitarias y laborales, etc.
b) Naturaleza de los agentes biológicos (tanto alérgicos como tóxicos) a los que están expuestos los empleados, frente a los que hay que establecer protocolos de prevención y actuación. La legislación española clasifica estos agentes en cuatro grupos, de menor a mayor riesgo:
- Agente del grupo 1: aquel que resulta poco probable que cause una enfermedad en el hombre.
- Agente del grupo 2: aquel que puede causar una enfermedad en el hombre y puede suponer un peligro para los trabajadores, siendo poco probable que se propague a la colectividad y existiendo generalmente profilaxis o tratamiento eficaz.
- Agente del grupo 3: aquel que puede causar una enfermedad grave en el hombre y presenta un serio peligro para los trabajadores, con riesgo de que se propague a la colectividad y existiendo generalmente una profilaxis o tratamiento eficaz.
- Agente del grupo 4: aquel que, causando una enfermedad grave en el hombre, supone un serio peligro para los trabajadores, con muchas probabilidades de que se propague a la colectividad y sin que exista generalmente una profilaxis o un tratamiento eficaz.
c) Casos de enfermedades infecciosas, alergias e intoxicaciones que se hayan detectado entre los trabajadores.
d) Relación de puestos de trabajo, y en su caso trabajadores, que podrían estar expuestos, así como medidas preventivas que se están aplicando en estos casos.
e) Análisis de los procedimientos de trabajo que se realizan en la empresa, evaluando las medidas preventivas que ya se aplican y las medidas que se podrían implantar según el estado de conocimiento científico-técnico.
f) Presencia de trabajadores especialmente sensibles que pudieran tener un riesgo adicional en función de sus características personales o estado biológico conocido, debido a circunstancias tales como patologías previas, medicación, trastornos inmunitarios, embarazo o lactancia.
La recopilación de toda esta información permitirá establecer los procedimientos de trabajo adecuados y las medidas técnicas apropiadas para evitar o minimizar la exposición a los riesgos biológicos en el lugar de trabajo. A partir de aquí, se podrán establecer medidas de protección colectivas o, en su defecto, individuales. Todo ello debe quedar recogido en un plan de prevención.
Si los resultados de la evaluación preliminar concluyen que la exposición al riesgo se refiere únicamente a agentes del grupo 1, se deben aplicar medidas que garanticen una higiene adecuada (ejemplo, higiene de aseos, vestuarios, duchas, comedores, cocina o sala de café, incluyendo vajilla y neveras, etc.). Sin embargo, si los resultados de la evaluación indican que hay exposición, o es posible que la haya, a agentes biológicos de los grupos 2, 3 y/o 4, siempre que sea posible se deben aplicar aquellas medidas que permitan eliminar el agente.
Cuando el riesgo biológico no se puede eliminar (por ejemplo, cuando se trabaja expresamente con los agentes, cuando hay una manipulación intencional, por ejemplo, en un laboratorio, o trato con pacientes en un centro sanitario) se ha de estudiar a fondo los métodos de trabajo para identificar todas las posibles vías de transmisión de manera que se pueda actuar sobre éstas con medidas adecuadas a la actividad de la que se trate. Si el riesgo puede ser calificado como grave o inminente, habrá que actuar en consecuencia.
El plan de prevención establecerá las actividades preventivas que se adoptan, el plazo para llevarlas a cabo y las personas responsables de su aplicación y seguimiento. Cada plan se debe adaptar a las circunstancias concretas de cada empresa.
La formación de los empleados es imprescindible para la efectividad de todo plan de prevención. La plantilla debe estar informada sobre las medidas de seguridad y salud que se adopten en la empresa y recibir la información necesaria para aplicarlo:
- Riesgos potenciales para la salud.
- Precauciones que deberá tomar para prevenir la exposición.
- Disposiciones en materia de higiene.
- Indicaciones para el uso de ropa y equipos de protección individual.
- Medidas que deberá adoptar para la prevención y en caso de incidente.
Toda esta información debe ser impartida al trabajador siempre que se incorpore a un puesto de trabajo que suponga una exposición al contacto con agentes biológicos. La formación, por supuesto, deberá adaptarse ante la aparición de nuevos riesgos y repetirse periódicamente si fuera necesario. Las instrucciones deben darse por escrito en el lugar de trabajo y, si procede, se deben colocar también avisos que contengan, como mínimo, el procedimiento a seguir.
La empresa debe establecer todas o algunas de las siguientes medidas en función de su naturaleza y características:
- Reducir, al mínimo posible, el número de empleados expuestos al riesgo. Por ejemplo, modificando la organización del trabajo. Es recomendable que la reorganización permita dar protección a todo el colectivo de trabajadores.
- Adoptar medidas seguras de manipulación y transporte.
- Aplicar protocolos seguros para la recogida, almacenamiento y evacuación de residuos o muestras, incluido el uso de recipientes seguros e identificables, previo tratamiento adecuado si fuese necesario.
- Adoptar las medidas de control y protección apropiadas. Por ejemplo, medidas de contención de los agentes.
- Diseñar planes de emergencia y protocolos específicos para distintas contingencias, según la peligrosidad del agente.
- Diseñar y aplicar las medidas necesarias para la protección de personal especialmente sensible.
- Utilizar señalética específica de peligro y advertencia en los entornos necesarios.
- Implantar medidas higiénicas generales, como por ejemplo:
- Prohibir comer o beber en zonas con riesgo de contaminación biológica.
- Imponer el uso de prendas de protección adecuadas.
- Habilitar aseos que incluyan productos para la limpieza ocular y antisépticos para la piel.
- Remarcar la importancia de una buena higiene de manos.
- Cuando no se pueda lograr una protección con las medidas colectivas y, sin embargo, no se pueda evitar la exposición, recurrir a los métodos de protección personal, individuales, tomando en estos casos en cuenta:
- Los trajes de protección que seleccione y proporcione el empresario deben ser normalizados (cumpliendo con una norma UNE específica).
- Se debe disponer de un lugar determinado para el almacenamiento adecuado de los equipos de protección (verificar su funcionamiento, limpieza, etc.)
- Se debe proporcionar a los trabajadores el tiempo necesario para su aseo personal, así como para quitarse la ropa de trabajo y equipos de protección de forma adecuada (guardado en un lugar que no contenga otras prendas y sin llevarlo a su domicilio).
- En caso de que sea necesario, se debe proporcionar a los empleados los elementos de protección barrera adecuados:
- Guantes
- Mascarillas
- Protección ocular.
- Batas
- Organizar la forma de cumplir con las obligaciones empresariales de documentación y notificación.
- Establecer el seguimiento periódico para cada una de las actividades de este plan, así como indicadores que sirvan para valorar su eficacia o ineficacia preventiva.
Se debe organizar la vigilancia de la salud de los trabajadores, según las pautas y protocolos establecidos las Autoridades Sanitarias, teniendo en cuenta lo siguiente:
- Se debe crear un historial médico individual de cada empleado.
- El médico responsable de la vigilancia de la salud podrá proponer medidas colectivas de prevención o protección, además de también medidas orientadas a proteger a personas determinadas (por ejemplo, mediante vacunas o cambio provisional de puesto de trabajo).
- El trabajador debe ser informado de la pertinencia de controles médicos más allá de la finalización de la actividad laboral o con posterioridad a la exposición.
Frente a un riesgo por exposición a riesgos biológicos para el cual existan vacunas eficaces, éstas podrán ser ofertadas por el empresario a los trabajadores de acuerdo con las siguientes pautas:
- La aplicación de las vacunas no podrá suponer ningún coste para el empleado.
- El ofrecimiento deberá realizarse por escrito, informando a los trabajadores sobre los posibles riesgos e inconvenientes de la vacunación; así como de las ventajas de la misma.
- El trabajador deberá firmar un documento en el que preste su “consentimiento informado” en caso de aceptar la vacunación. En caso de no hacerlo, el trabajador habrá de firmar un documento indicando que rechaza el tratamiento por voluntad propia y en contra de la recomendación de la empresa.
- Podrá elaborarse un certificado de vacunación.