¿Debe declararse zona catastrófica para poder reclamar al Consorcio?
El Consorcio de Compensación de Seguros es un organismo único en Europa que, entre otras cosas, permite afrontar con tranquilidad la indemnización de daños causados por catástrofes en bienes y personas aseguradas. Su intervención es clave ante grandes pérdidas, ya sean causadas por el hombre, como el terrorismo; o por la naturaleza, como las inundaciones, las tempestades o los terremotos.
Cuando se produce un desastre natural, algo que ocurre con relativa frecuencia, muchos asegurados que se han visto afectados se pueden hacer esta pregunta: ¿es necesaria la declaración de zona catastrófica para que las pérdidas sean cubiertas por el Consorcio de Compensación de Seguros?
La respuesta es NO. Ni es necesario que se declare la zona catastrófica, ni hay que esperar a dicha declaración, en caso de que se vaya a producir, para empezar las gestiones. El Consorcio de Compensación de Seguros tiene el compromiso de atender a toda persona o bien que esté asegurado y haya quedado afectado. Ya sea un coche, una casa, un local comercial, etc. Esta atención es automática y completamente independiente al hecho de que, ante los daños generales, la Administración decida declarar un territorio como zona catastrófica y conceder algún tipo de ayuda o subvención pública. Por lo tanto, los asegurados podrán tramitar sus reclamaciones al Consorcio de manera independiente de las acciones que adoptará la Administración sobre el territorio.
