¿Qué seguros cubren las viviendas nuevas?
El seguro decenal es un seguro que deben contratar obligatoriamente las empresas promotoras y constructoras para levantar un edificio de viviendas. ¿Qué cubre? Los defectos de obra de los elementos carácter estructural tales como cimentación, vigas, muros de carga y similares que tenga un edifico durante los 10 años siguientes a su construcción.
Sin embargo, la responsabilidad del promotor o del constructor va más allá. También se le puede reclamar por los defectos de elementos constructivos o instalaciones que afecten a la habitabilidad de la vivienda. Por ejemplo, un defecto en el aislamiento, una filtración en la cubierta en un inmueble recién levantado, o desperfectos que se aprecian en acabado de la obra cuando la recibe el comprador, como un azulejo roto o una losa quebrada.
Corresponde al promotor o a la constructora asumir el coste de arreglar esos desperfectos. A fin de cuentas, no son daños producidos por el paso del tiempo. Los empresarios se protegen ante esta posibilidad a través de seguros voluntarios, como el seguro trienal para daños materiales causados por defectos en elementos constructivos o instalaciones que afecten a la habitabilidad de la vivienda.
