Renta Vitalicia Asegurada y su Fiscalidad - Blog | Estamos Seguros Renta Vitalicia Asegurada y su Fiscalidad - Blog | Estamos Seguros

Renta vitalicia asegurada, ¿por qué es tan interesante?

Adquirir una renta vitalicia asegurada es una opción muy interesante. Lo es si tienes 65 años o más y vas a vender o ya has vendido en los últimos seis meses una segunda vivienda, unas acciones, fondos de inversión, tierras, una oficina de farmacia, una licencia de taxi, o cualquier otro bien o derecho que dé lugar a una ganancia patrimonial o, como quien dice, pasta en la mano.

A 31 de diciembre del 2021, algo más de 1,6 millones de españoles, la inmensa mayoría de ellos personas de más de 65 años de edad, tenían contratada una renta vitalicia. En dicho periodo, recibieron más de 7.000 millones de euros de prestaciones por parte de las entidades.

La renta vitalicia y su fiscalidad

Una de las principales ventajas de la renta vitalicia es su fiscalidad. Si reinviertes todo o parte del importe de la venta en una renta vitalicia asegurada (hasta un importe máximo de 240.000 euros por persona), la ganancia patrimonial, que, si no tiene que pagar impuestos, queda totalmente exenta.

Por poner un ejemplo concreto: Si una persona de 70 años vende por 240.000 euros una segunda vivienda en la playa que le costó 90.000 euros y destina ese importe a constituir una renta vitalicia asegurada, toda la ganancia patrimonial que obtiene (150.000 euros), queda libre de impuestos. En este caso concreto, esa ganancia patrimonial hubiera tenido que pagar a Hacienda 33.380 euros.

Además, la fiscalidad de la renta vitalicia, especialmente a partir de los 70 años, es también muy ventajosa, porque cada 1.000 euros de renta que recibe el cliente, sólo 80 euros se consideran rendimiento, y de esos 80 euros sólo hay que pagar 15,2 euros. Recibes 1.000, tributas 15.

La fiscalidad de la renta vitalicia, especialmente a partir de los 70 años, es también muy ventajosa, de cada 1.000 euros de renta que recibe el cliente, tributas 15

Desventajas de la renta vitalicia asegurada

La principal desventaja es que si necesitas recuperar en forma de capital todo o parte del dinero que invertiste en la renta vitalicia, tienes que devolver a Hacienda el importe de los impuestos que dejaste de pagar (los 33.380 euros del ejemplo anterior), a lo que hay que añadir los intereses de demora correspondientes, practicando una declaración complementaria.

Requisitos para convertir una venta patrimonial en renta vitalicia asegurada

  • Tener 65 años o más.
  • Que se vaya a vender o ya se haya vendido, siempre que no hayan pasado más de seis meses desde la venta, una segunda vivienda (que no sea la vivienda habitual), unas acciones, fondos de inversión, tierras, una oficina de farmacia, una licencia de taxi, o cualquier otro bien o derecho que dé lugar a una ganancia patrimonial.
  • Reinvertir todo o parte del importe de la venta, hasta un máximo de 240.000 euros por contribuyente, en una renta vitalicia asegurada contratada con una entidad aseguradora.